
Para reequilibrar esta situación se envió una carta de reclamación al Defensor del Pueblo donde se solicitó la inclusión de los productos de apoyo para la visión en el grupo del IVA superreducido a las personas con grado de discapacidad igual o superior al 33%. Éste aceptó la reclamación y lo registró con número de expediente 17001361. A posteriori solicitó información para su análisis.
El Defensor del Pueblo, una vez realizado el estudio, recomendó a la Secretaría General de Hacienda que elaborara, un catálogo de productos de apoyo utilizados por personas con baja visión para el desempeño de sus actividades diarias, y que modificase la ley para que se les aplique el tipo del 4% en el Impuesto sobre el Valor Añadido. Ver nota de prensa en su sitio web “El Defensor recomienda aplicar un IVA del 4% a los productos de apoyo para personas con baja visión”.
Como réplica la Secretaría de Estado de Hacienda indicó que LAS PERSONAS CON BAJA O NULA VISIÓN TIENEN UN TRATAMIENTO BENEFICIOSO en el tipo del Impuesto sobre el Valor Añadido al aplicar el 10% y no aceptó la recomendación que se le dirigió.
Como resultado el Defensor del Pueblo dió por terminadas las actuaciones y cerró el expediente.
Aún continuamos siendo discriminados.
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- Categoría: Artículos
- Creado: 13 Noviembre 2018